LEY 4 DE 1913: Que si bien versó sobre régimen político y municipal, se refirió de manera específica al Ministerio Público y a las funciones del Procurador General de la Nación, frente a la vigilancia de la conducta de los empleados públicos. Como faltas disciplinarias se consagraban la embriaguez, la mora en la posesión de un destino obligatorio, la falta de asistencia a las oficinas o el mal desempeño laboral. LEY 65 DE 1938 : fue el primer estatuto sobre administración de personal en Colombia, pues creó la carrera administrativa para los empleados nacionales, departamentales y municipales que prestaran servicios administrativos permanentes. Estableció como deberes: la lealtad al espíritu de la Constitución y de las leyes de la república; la eficiencia, imparcialidad y discreción en la prestación del servicio encomendado a su pericia; el acatamiento a los superiores jerárquicos, en cuanto se trate del cumplimiento de sus funciones; la honorabilidad y buena fama en s...
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